Esta Reforma constitucional, publicada el 7 de febrero de 2014 en el Diario Oficial de la Federación, tiene los siguientes aspectos:
• Coloca de manera expresa como sujetos obligados a cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal.
• Dota de Autonomía Constitucional a los organismos garantes.
• Prevé la implementación del Sistema Nacional de Transparencia.
• Establece que las resoluciones del organismo garante son vinculatorias, definitivas e inatacables para los sujetos obligados.
• Establece el deber de los sujetos obligados de documentar todo acto que derive de sus facultades, competencias o funciones.
• Obliga a preservar los documentos en archivos administrativos actualizados.
• Emite tres Leyes Generales en materia de: Transparencia y Acceso a la Información, Protección de Datos Personales en el sector Público y Archivo.