Si recordamos el problema que presentamos en el módulo anterior, el Licenciado Gómez era el responsable de los documentos de un cliente a su cargo. Lo que podemos deducir es que no tomó las precauciones suficientes para el resguardo de la documentación y ello derivó en su extravío. Hagamos un ejercicio para identificar qué medidas pudo haber instrumentado. Para ello, revisemos primero el Reglamento de la LFPDPPP.
Este reglamento en su Artículo 61 establece las siguientes acciones para la seguridad de los datos personales. Presiona la siguiente imagen para acceder a la información.