Logo INAI

Curso sobre la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Texto Grande
Texto chico

El recurso de revisión podrá interponerse por el solicitante de la información o por su representante. El recurso deberá presentarse ante el organismo garante que corresponda, o ante la Unidad de Transparencia que haya conocido la solicitud. El plazo para interponerlo es de 15 días hábiles siguientes a la notificación de la respuesta o del vencimiento del plazo para su notificación. Puede presentarse por medios electrónicos o de manera directa. (Artículos 146 y 147 LFTAIP)

 

Para el caso de que el recurso de revisión se interponga ante la Unidad de Transparencia, ésta deberá remitirlo al INAI. Además, se podrán presentar, de forma adicional, las pruebas que el solicitante considere procedentes. El plazo para que el INAI resuelva el recurso, será de 40 días hábiles, a partir de la admisión del recurso. El plazo podrá ampliarse, por una sola ocasión, hasta por un periodo de 20 días más.

 

Para visualizar el procedimiento del recurso de revisión de manera esquemática, presiona la  imagen:

anterior

Página

adelante

Salir

Logo INAI