Logo INAI

Curso sobre la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Texto Grande
Texto chico

Principio de interpretación conforme

 

La interpretación conforme implica que una ley no puede declararse nula cuando pueda interpretarse en consonancia con la Constitución y los tratados internacionales en materia de derechos humanos, dada su presunción de constitucionalidad o convencionalidad.

 

Los jueces y órganos vinculados a la administración de justicia en todos los niveles están en obligación de ejercer un ex officio un “control de convencionalidad” entre las normas internas y la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), en el marco de sus respectivas competencias. En esta tarea los jueces y órganos vinculados a la administración de justicia deben tener en cuenta no solamente el tratado, sino también la interpretación que del mismo ha hecho la Corte IDH, última interprete de la Convención Americana.

 

Para el control de convencionalidad las autoridades del Estado Mexicano, deben considerar los siguientes pasos: interpretar el orden jurídico conforme a los DDHH reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales, favoreciendo en todo tiempo a las personas con la protección más amplia (interpretación conforme sentido amplio); cuando haya varias interpretaciones válidas, se debe partir de la presunción de constitucionalidad de las leyes y preferir aquélla que hace la ley acorde a los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales, para evitar incidir o vulnerar el contenido esencial de esos derechos (interpretación conforme sentido estricto); y, no aplicar la ley cuando las alternativas anteriores no son posibles.

Salir

Texto chico

Logo INAI