Dictamen

Cuando la iniciativa se encuentra en la comisión correspondiente, se discute para preparar un dictamen.

El resultado puede ser aprobarla o hacer recomendaciones para su modificación. Esta resolución se toma a más tardar a los cinco días hábiles de haberla recibido. El dictamen está firmado por la mayoría de los integrantes de la comisión y se remite a la mesa directiva de la “Cámara de origen”. Los legisladores y las legisladoras que no estén de acuerdo con el dictamen pueden presentar un voto particular por escrito.